Explicamos los detalles de la Ley de la Cadena de Transporte aprobada recientemente y otras NOVEDADES del sector del TRANSPORTE.
PROHIBIDO CARGAR Y DESCARGAR
Prohibición en la carga y descarga por parte del conductor en vehículos de más de 7.500 kilogramos de MMA a partir del 2 de septiembre de 2022.
Todos los conductores de vehículos de mercancías con masa máxima autorizada (MMA) superior a 7,5 toneladas tienen PROHIBIDO participar en la CARGA y la DESCARGA, salvo en determinados casos.
EXCEPCIONES DE LA PROHIBICIÓN DE LA CARGA Y LA DESCARGA:
- Transportes de mudanzas y guardamuebles.
- Transporte en vehículos cisterna.
- Transporte de áridos, en vehículos basculantes o provistos de grúa.
- Transporte de portavehículos y grúas de auxilio en carretera.
- Transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta, servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona. A efectos de esta letra, se entenderá por transporte de carga fraccionada aquél en el que resulten necesarias operaciones previas de manipulación, grupaje, clasificación, u otras similares. Un conductor podrá participar en la descarga de los transportes de carga fraccionada entre un centro de distribución y el punto de venta siempre que dicha actividad no afecte a su periodo de descanso diario o, en su caso, siempre que se lleve a cabo dentro de su jornada laboral diaria y siempre que ello le permita regresar al centro operativo habitual de trabajo o a su lugar de residencia. No obstante, podrá participar en la carga y descarga de los transportes de carga fraccionada entre un centro de distribución y el punto de venta, o entre el punto de venta y un centro de distribución siempre que, además de la condición anterior, dicha actividad se efectúe en el marco de un contrato de duración igual o superior a un año entre el cargador y el porteador.
- Servicios de paquetería y similares.
- Transporte de animales vivos en los puestos de control aprobados de conformidad con la normativa comunitaria.
- Supuestos reglamentariamente establecidos y supuestos que la normativa reguladora de determinados tipos de transporte establezca específicamente.
DATOS MÍNIMOS DE LA CARTA DE PORTE.
El precio es obligatorio en la carta de porte en todos los contratos de más de 150 euros.
Los datos obligatorios de la carta de porte son:
- Identificación del cargador y expedidor si son diferentes.
- Identificación del transportista efectivo (el que realmente transporta las mercancías).
- Lugar y fecha de la recepción de la mercancía por el transportista.
- Lugar y fecha prevista de entrega de la mercancía en destino.
- Identificación del destinatario.
- Naturaleza y masa de las mercancías.
- Precio del transporte y el importe de los gastos necesarios y relacionados con el transporte, en concreto el importe de las operaciones de carga y descarga si las realiza el conductor en los casos en los que no esté expresamente prohibido.
VIDEO con TODAS las EXCEPCIONES a la PROHIBICION de CARGA y DESCARGA
Esperemos que esta Ley de la Cadena de Transporte ayude a mejorar el sector.
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Buena ruta!!!