La disponibilidad en el tacógrafo a debate; recientemente, tres especialistas del Tacógrafo y los tiempos de Conducción y Descanso trataron los cambios sobre la disponibilidad del Tacógrafo, el certificado de actividades, y otros cambios, tras la publicación de una nueva instrucción Circular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).
Marcos Veiga, Sergio Ortega y Rafa Soto, realizaron un directo con su comunidad de Youtube en el que explicaron todas las novedades de la instrucción Circular, centrándose en los cambios más importantes:
► La Disponibilidad del Tacógrafo.
El concepto de disponibilidad no se podrá usar como se venía usando hasta ahora ya que solo se podrá usar para períodos distintos de los períodos de pausa o de descanso durante los que el trabajador móvil no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estar disponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudar la conducción o realizar otros trabajos.
En particular, se considera tiempo de disponibilidad los períodos durante los que el trabajador móvil acompaña un vehículo transportado en transbordador o en tren y los períodos de espera en las fronteras o los causados por las prohibiciones de circular.
El trabajador móvil deberá conocer de antemano estos períodos y su previsible duración, es decir, antes de la salida o justo antes del inicio efectivo del período de que se trate o bien en las condiciones generales negociadas entre los interlocutores sociales y/o definidas en la legislación de los Estados miembros;
— para los trabajadores móviles que conducen en equipo, el tiempo transcurrido durante la circulación del vehículo sentado junto al conductor o acostado en una litera;
Instrucción Circular 2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
– Disponibilidad en el Tacógrafo.
– Uso correcto del selector de actividades.
– EXCEPCIONALIDAD sobre aumentar la conducción
– Certificado actividades.
– Entradas adicionales del Tacógrafo.
– Recuperación de descansos.
– Anotaciones en el paso de fronteras.
– ¿Cuántas “jornadas de conducción” se pueden hacer en los 6 periodos de 24 horas?
– Jornada de Conducción.
– Conducción diaria 9 horas; 10 horas 2 veces por semana; y descanso 11 horas, 3 veces entre descansos semanales se podrá reducir a 9.
– Descansos semanales reducidos seguidos.
Tiempos de conducción y descanso del Tacógrafo
En este video explicamos todos los conceptos del Tacógrafo:
- Conducción Ininterrumpida. 4 horas y media, 45 minutos de pausa (o 15 y 30, en ese orden)
- Conducción Diaria. 9 horas, salvo dos veces por semana que puede llegar a 10 horas (de lunes a domingo).
- Conducción Semanal. Máximo 56 horas.
- Conducción Bisemanal. Máximo 90 horas.
- Descanso Diario. Normal, fraccionado o reducido.
- Descanso Semanal
- Descanso en dos semanas
- Conducción en Equipo
- Conducción en OUT
Puedes ampliar la información, en este enlace:
https://www.transporteymovilidad.com/tacografo-tiempos-de-conduccion-y-descanso/
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Hola, Más que una respuesta es una pregunta.
Cuando entra en vigor, (Boe, etc..)
La instrucción Circular sobre los cambios del selector del tacografo en relación a los tiempos de disponibilidad?
Muchas gracias, un saludo.
Buenas, esta instrucción circular fue enviada a las comunidades autónomas el pasado mes de junio de 2021 y ya la deberian estar aplicando ya. Las instrucciones no se publican en ningún boletín oficial ya que son interpretaciones del Ministerio para que se aplique de forma adecuada el Reglamento.
Saludos y buena ruta!!
Me gusta la información, devo seguir viendo vuestras publicaciones,gracias
Muchas gracias por tu comentario y seguiremos haciendo este tipo de publicaciones y videos. Te dejo el enlace del canal de youtube para que te suscribas y así no te pierdas ninguno de nuestros videos. https://www.youtube.com/c/TransporteyMovilidad?sub_confirmation=1
Saludos y buena ruta!!
Pará mi persona es Muy importante XQ me ayuda bastante es que soy nuevo en ésto gracias y sigan dando estos comentarios vale
Buenas Javier, te recomiendo que te suscribas al canal de youtube donde voy poniendo videos habitualmente, te dejo aquí el enlace:
https://www.youtube.com/c/TransporteyMovilidad?sub_confirmation=1
Saludos, gracias por tu comentario y buena ruta!!
Hola buenas tardes tengo duda sobre la disponibilidad es la siguiente la disponibilidad cuenta como jornada de trabajo o eso es un tiempo que estamos a disposición de la empresa gratuitamente porque eso no lo comentáis. Saludos.
Buenas Pedro, la disponibilidad cuenta como jornada de trabajo pero desde hace un par de años la disponibilidad solo se puede usar cuando vamos en conducción en equipo, y cuando acompañamos al vehículo en un ferry o transbordador. Esas horas de disponibilidad también hay que pagarlas, porque pertenecen a un tiempo que estoy disponible para la empresa, pero yo no soy experto laboral y no me gusta hablar de contratos de trabajo, pagos,… porque no soy especialista, pero esas horas hay que cobrarlas igualmente.
Saludos y buena ruta!!
Saludos cordiales.tengo una pregunta
Hay dias que me ponen de reserva «disponibilidad» pero no me llaman ese dia a trabajar tengo que registrar en disponibilidad de ser así cuantas horas registraria? Muchas gracias
Muy buenas Carlos, debes hablarlo con la empresa. La disponibilidad del tacografo es para regitrar cuando estamos disponibles para la empresa pero sin realizar ninguna actividad, la disponibilidad o reserva de la que tú me preguntas entiendo que es que estás de guardia por si tienes que salir.
El problema de poner las 24 horas en disponibilidad es que podrían sancionarnos por no tener el descanso realizado en 24 horas, por eso es mejor que lo hables con tu empresa.
Saludos y buena ruta!!
Holi, una pregunta ❔ yo tengo contrato de 3 horas y media y trabajo , 6 8 10 12 15 17 suelto a las 1 de la madrugada después de 15 horas y descanso 5 engancho otra vez ? Cuál es mi disponibilidad? Gracias un saludo
Buenas, no tengo muy claro tus tiempos de trabajo, para el tacografo no afecta el tipo de contrato. No entiendo muy bien lo que dices de 6 8 10 12 15 17. Si despues de 15 horas, descansas 5 horas y vuelves a trabajar sería sancionable porque no respetas tu descanso diario mínimo.
Te dejo un video de mi canal de youtube donde lo explico y si tienes más dudas plantealas allí.
https://www.youtube.com/watch?v=kO5t4jECSCM&list=PLiyaBUXisaWBoXzTxcvQOq7ANj8d7CRmZ&index=1
Saludos y buena ruta!!
Buenas tardes.
Cuando he terminado de cargar o descargar, pero estoy obligado a esperar que me entreguen los documentos bien de carga o de descarga, y tardan 2 o 3 horas por razones ajenas a mi, y no puedo disponer libremente de mi tiempo, por lo que no se puede considerar descanso, ¿ En este caso tampoco sería disponibilidad?.
Muchas gracias
Buenas Domingo, todos los tiempos en que el conductor no puede abandonar su puesto de trabajo son otros trabajos. Solo sirve la disponibilidad para la pausa cuando vamos de copiloto. Te dejo enlace del manual del Ministerio de tiempos de conducción donde verás en la página 57 que solo se puede registrar disponibilidad cuando vamos de copiloto o si vamos en transbordador o tren sin camarote.
Es curioso este cambio, que se aplica desde 2020, y podría decir que yo no estoy de acuerdo del todo, pero mi opinión no sirve de mucho, y solo os puedo explicar lo que dice la normativa para cumplirla y evitar sanciones.
https://www.transporteymovilidad.com/manual_tacografo.pdf
Saludos y buena ruta!
hola,nos puedes explicar mas el tiempo desponibilodad y como lo calculamos con ejemplos gracias
Buenas, te dejo otro video de mi canal de youtube donde lo explico:
https://www.youtube.com/watch?v=e6Hkd6mYclE
Saludos y buena ruta!!
Hola, he realizado los test de 2023 y 2024 de C1, en ellos el tiempo de vigilancia de un vehículo cuenta como disponibilidad pero mis profesores insisten en que es otros trabajos. Cuando vaya a examen no sé qué poner. Estoy por preguntar a los examinadores antes de que repartan el examen.
Gracias por la atención.
Buenas, desconozco la respuesta que dan en Trafico como correcta, fiate de tus profesores. Además, efectivamente, vigilar el vehiculo son otros trabajos, no es disponibilidad.
Saludos y suerte!
Hola. Me paso 40 minutos de 15h de disponiblidad, para llegar a casa hacer 45h descanso semanal. Es sancionable.
Gracias
Buenas, sí que es sancionable, eso solo se puede usar si ha ocurrido algo excepcional (corte de carretera, incendio, accidente,…), te dejo un video donde lo explico.
https://youtu.be/msOFtM45Xhk
Saludos y buena ruta!!